Expedición
Determina quién genera y expide la constancia de acuerdo con el tipo de capacitación impartida.
Expedición y autenticación DC-3
Expedir una constancia DC-3 no consiste únicamente en llenar un formato. El Acuerdo de la STPS establece quién puede expedirla, cómo debe autentificarse y cuándo corresponde entregarla al trabajador.
Distinción importante
El artículo 24 del Acuerdo regula por separado quién expide la constancia y quién debe autentificarla. Por eso conviene identificar primero quién impartió la capacitación y después determinar qué firmas o autenticación corresponden.
Determina quién genera y expide la constancia de acuerdo con el tipo de capacitación impartida.
Determina quién valida la constancia mediante las firmas o el mecanismo correspondiente según el tamaño de la empresa.
Expedición
El artículo 24, fracción I, identifica distintos supuestos según quién haya proporcionado la capacitación.
Cuando la capacitación sea impartida por un Agente Capacitador Externo, la constancia se expide por la entidad instructora.
Cuando la capacitación sea impartida mediante instructores internos, la empresa puede expedir la constancia.
El Acuerdo contempla también a las empresas de las que se haya adquirido un bien o servicio relacionado con la capacitación.
También contempla a extranjeros que impartan capacitación a trabajadores mexicanos en territorio nacional o cuando ésta se realice en el extranjero.
El artículo 24 incluye entre los posibles expedidores a las autoridades competentes de la Secretaría.
Agentes Capacitadores Externos
No bajo la figura de Agente Capacitador Externo. La STPS señala expresamente que un ACE sólo puede expedir estas constancias a trabajadores de las empresas que lo hayan contratado para proporcionar la capacitación.
La propia STPS indica que, bajo esta figura, los trabajadores deben pertenecer a la empresa que contrató al Agente Capacitador Externo y haber aprobado el curso o examen de suficiencia correspondiente.
Consultar criterio oficial de la STPSFirmas y autentificación
El esquema cambia según el número de trabajadores de la empresa. Además, cuando se utiliza un documento elaborado por la empresa, el Acuerdo incluye entre la información mínima el nombre y firma del instructor, con la excepción prevista para cursos a distancia.
Más de 50 trabajadores
La constancia se autentifica por la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.
El Acuerdo permite que la Comisión determine por unanimidad de sus integrantes la forma en que autentificará las constancias.
Hasta 50 trabajadores
La autentificación corresponde al patrón o representante legal de la empresa.
En este supuesto se omite la firma del representante de los trabajadores.
El Acuerdo de simplificación de 2026 eliminó el trámite STPS-04-004 del inventario administrativo. Eso no debe confundirse con la eliminación automática de las obligaciones sustantivas sobre comisiones mixtas previstas en la legislación laboral y en el Acuerdo aplicable a las constancias.
Sí. El artículo 24 permite utilizar firmas en imagen digitalizada en sustitución de firmas autógrafas, pero exige conservar en los archivos de la empresa los convenios y elementos de control correspondientes para acreditar su veracidad y adecuado uso.
El trabajador que apruebe el curso mediante la evaluación correspondiente debe recibir la constancia dentro de los veinte días hábiles siguientes a la terminación del curso.
La entrega procede para el trabajador que aprueba el curso mediante la evaluación correspondiente.
El artículo 24 también contempla al trabajador que apruebe el examen de suficiencia aplicado por el agente capacitador cuando se niegue a recibir capacitación.
Flujo práctico
Determina quién impartió la capacitación y bajo qué supuesto se expedirá la constancia.
Captura correctamente los datos del trabajador, empresa, curso e instructor.
Aplica las firmas o mecanismo de autentificación que corresponda a la empresa.
Entrega la constancia al trabajador aprobado dentro del plazo establecido.
Reporte ante la STPS
La STPS señala que la presentación de las listas de constancias de competencias o de habilidades laborales es la obligación que los patrones deben reportar ante la Secretaría.
Esta obligación es distinta de la entrega de la constancia al trabajador. La STPS mantiene información específica sobre la presentación de listas y el sistema SIRCE.
Consultar información oficialGuías relacionadas
Si todavía estás preparando la información de la constancia, consulta primero el modelo y la guía de llenado. Si administras muchos trabajadores, puedes organizar posteriormente la generación por lotes.
Esta guía toma como referencia el artículo 24 del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2013 y la información vigente publicada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Verifiko es una herramienta tecnológica de gestión y generación documental. No es una dependencia gubernamental y no implica que la STPS avale el contenido, desarrollo o calidad de los cursos.
Centraliza participantes, cursos y datos de capacitación para generar tus constancias desde un flujo ordenado.
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